Trabajadores que contraigan Covid 19 continúan con cobertura de su ART

Asi lo oficializo el Gobierno Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 39/21 publicado en el Boletin Oficial.

La Norma establece que durante el plazo de 90 días, la enfermedad Covid 19 producida por el Virus SARS -Cov 2 se considerará presuntivamente una enfermedad de caracter profesional para la totalidad de los trabajadores dependientes incluidos en el ámbito de aplicacion de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular.

Las y los trabajadores que forman parte del personal de la salud y miembros de fuerza de seguridad federales o provinciales que cumplan servicio efectivo, de acuerdo a lo determinado por los DNU N° 367/20 875/20, la CMC Comisión Médica Central de la SRT Superintendencia de Riesgo del Trabajo deberá entender que la contingencia guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor desarrollada por el trabajador hasta los 60 días posteriores a la finalización de la vigencia de la declaración de la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida en el DNU N° 260/20.

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